•Especialista advierte que la reforma no permitirá iniciar funciones antes de tiempo y señala la baja participación municipal.
Por Sergio Jerónimo
Cuautla, Morelos, 16 de octubre de 2026. La reforma al primer párrafo del artículo 21 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, que permite adelantar la toma de protesta de los ayuntamientos electos, únicamente generará confusión y no aportará beneficios operativos a las nuevas administraciones, consideró el especialista en temas político-electorales, Francisco Alvarado Linares.
De acuerdo con la modificación legal, la integración del ayuntamiento electo deberá realizarse mediante una sesión pública y solemne dentro de los cinco días previos al inicio del año siguiente a la elección, siempre que los tribunales electorales locales y federales hayan ratificado la validez de los comicios.
Al respecto, Alvarado Linares señaló que esta medida resulta innecesaria, debido a que rendir protesta de manera anticipada no autoriza a las autoridades electas a iniciar funciones administrativas ni a asumir el manejo de recursos públicos antes del plazo legal establecido.
Asimismo, indicó que únicamente 14 municipios participaron en el análisis de la iniciativa: ocho votaron a favor, tres respaldaron la propuesta con modificaciones y tres se pronunciaron en contra.
El especialista consideró que, para dotar de mayor respaldo a la reforma, debieron participar al menos 19 ayuntamientos y obtener el voto favorable de todos ellos.






