Aprueba pleno del Congreso de Morelos el uso de uniforme neutro en Morelos

Niñas, niños y adolescentes podrán elegir portar falda o pantalón en sus escuelas; se reconoce así el derecho al libre desarrollo de su personalidad.

El Pleno del Congreso del estado de Morelos aprobó un dictamen con proyecto de decreto por el cual se reforman diversas disposiciones de la Ley de Educación del estado de Morelos, que establece en la entidad el uso de uniforme escolar neutro, es decir que niñas, niños y adolescentes podrán elegir portar falda o pantalón en sus respectivos planteles educativos.

La propuesta parte de dos iniciativas presentadas por las legisladoras Verónica Anrubio Kempis y Edi Margarita Soriano Barrera, quienes buscaron reconocer el derecho de la niñez y de las y los adolescentes, a elegir libremente el uniforme escolar de su preferencia.

En síntesis, a través de esta iniciativa se cumple con el objetivo de reconocer el derecho al libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes; el derecho al uso de uniforme neutro, y a la no restricción en sus derechos motivada por su apariencia física.

En la exposición de motivos de este proyecto conjunto, se establece que “la existencia de un uniforme exclusivo para mujeres y hombres representa un estereotipo de género, ya que es una visión generalizada o una idea preconcebida sobre las características o los papeles que desempeñan las mujeres o hombres”.

Asimismo, se detalla que “de acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda de 2020, en nuestro país viven 64 millones de mujeres y 61 millones de hombres, por lo que la igualdad de género, además de derecho fundamental, es de suma importancia para lograr sociedades capaces de desarrollarse de forma sostenible”.

Finalmente, se señala que el artículo 24 numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, puntualiza que: “Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado”.

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