• Presidentes municipales, síndicos y regidores tampoco recibirán esta prestación.
Por Guadalupe Flores
Cuernavaca, Morelos; 11 de diciembre de 2025. De acuerdo con el artículo 42 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, diversos funcionarios públicos no pueden recibir el aguinaldo equivalente a 90 días.
La normativa establece que los servidores públicos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial no tienen derecho a esta prestación, y especifica a los cargos excluidos.
El artículo señala:
«Quedan excluidos para gozar de esta prerrogativa de Ley el Gobernador; los Magistrados Numerarios, Supernumerarios e integrantes del Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia; los magistrados del Tribunal Contencioso Administrativo, del Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes y del Tribunal Estatal Electoral; los diputados locales; los presidentes municipales, síndicos y regidores de los 33 cabildos; así como los titulares de las dependencias que integran la administración pública paraestatal y paramunicipal».
En ese sentido, la gobernadora Margarita González Saravia, el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Juan Emilio Elizalde Figueroa, y el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Isaac Pimentel Mejía, se encuentran entre los funcionarios que no tienen derecho al pago de aguinaldo conforme a la ley vigente.